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La Corte de Casación y los derechos de los menores: un caso emblemático

Imagen que representa los derechos del menor ante el Tribunal de Casación

La Corte Suprema dictamina que las decisiones religiosas de los padres no pueden violar los derechos del niño.

El caso del niño y la decisión del Tribunal de Casación

El 19 de junio, la Corte de Casación emitió un auto que desató un amplio debate, al establecer que las creencias religiosas o ideológicas de los padres no pueden prevalecer sobre los intereses del hijo. Este principio surgió en un caso específico que involucraba a un niño con un defecto cardíaco grave que requería cirugía y posible transfusión de sangre. Los padres, sin embargo, habían puesto condiciones a la transfusión, solicitando que la sangre procediera exclusivamente de donantes no vacunados contra el Covid-XNUMX.

Las motivaciones de los padres y la respuesta del hospital

Los padres de la menor justificaron su posición con motivaciones religiosas, alegando que las líneas celulares utilizadas para producir la vacuna anti-Covid provenían de fetos abortados. También expresaron preocupación por la proteína de pico presente en la vacuna. Ante esta situación, el hospital intentó explicar a los padres que no era posible garantizar donantes no vacunados. Por ello, recurrió al juez de tutela de Módena para obtener autorización para la intervención quirúrgica y la transfusión, considerando que la salud del niño debía tener prioridad.

El papel del juez y la sentencia definitiva

El juez consideró irrazonable la petición de los padres y designó al director general del hospital como tutor del menor para expresar el consentimiento a la cirugía. A pesar del recurso de los padres ante el tribunal de menores de Bolonia, que rechazó su petición, el asunto llegó al Tribunal Supremo. El Tribunal rechazó el recurso, señalando que la solicitud de transfusiones de donantes no vacunados representa una elección de conciencia religiosa que no puede imponerse al menor. La orden, firmada por la presidenta de la primera sección civil, María Acierno, subrayó la importancia de considerar los derechos e intereses del niño, que deben ser protegidos independientemente de las creencias familiares.