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Tercer mandato, C. Mirabelli: 'Desde la Consulta un no a los presidentes democráticos vitalicios'

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Roma, 15 de mayo (Adnkronos) - El artículo 122 de la Constitución establece que la ley electoral regional debe respetar los principios fundamentales del derecho estatal, entre los que se incluye el límite de dos mandatos para los presidentes de regiones con estatutos ordinarios. Se trata del llamado n...

Roma, 15 de mayo (Adnkronos) – El artículo 122 de la Constitución establece que la ley electoral regional debe respetar los principios fundamentales del derecho estatal, entre los que se incluye el límite de dos mandatos para los presidentes de regiones con estatutos ordinarios. Se trata de la llamada norma interpuesta, cuya violación conlleva ilegitimidad constitucional. Así comentó a Adnkronos el presidente emérito de la Corte Constitucional, Cesare Mirabelli, las razones presentadas hoy por la Corte sobre el tercer mandato.

¿La sentencia abre entonces la puerta a la posibilidad de impugnar cualquier ley estatutaria (de las regiones con estatutos especiales) que quiera introducir el tercer mandato? "Claro que se pueden impugnar, pero no puedo predecir el resultado del proceso", responde. Desde mi punto de vista, la limitación de mandatos debería ser generalizada, no limitada a territorios, en virtud de una necesidad de homogeneidad en las disposiciones de las leyes electorales, por lo que también debería extenderse a regiones con estatutos especiales. Tanto es así que “aunque hubiera podido evitarlo, el Tribunal ha llegado incluso a extender el principio de prescripción a otros cargos públicos”.

Pero ¿podría modificarse la ley estatal para introducir la posibilidad de un tercer mandato? Sí, porque el tercer mandato está vinculado a la discrecionalidad política, que, sin embargo, puede ser revisada por la Corte si es irrazonable. Porque la razonabilidad —subraya— es el punto de equilibrio del límite a los mandatos identificado por la Corte, considerado por los jueces constitucionales como un elemento relevante y necesario para la propia democracia. El presidente emérito concluye: «Digo: cuidado con los presidencialismos. No hagamos un presidente demócrata vitalicio, ya hay más de uno... La ley exige cambios en las instituciones, esenciales para no alterar la representación política y la igualdad de condiciones en la contienda electoral. Dónde colocar el listón, si es razonable, lo decidirá el legislador». (por Roberta Lanzara)